El Supremo ratifica la denegación de la licencia para una nave industrial en Bora

LAVOZ/Pontevedra* : El promotor de una nave industrial para almacenar madera y piedra de cantera en Bora ha visto como el Supremo tumbaba su recurso contra la decisión de la Xunta de denegarle la autorización previa a la concesión de licencia municipal para la construcción de la citada edificación.
La dirección general de Urbanismo, órgano que depende de la Administración autonómica, argumentó su rechazo a la solicitud del empresario en que «no concurre el requisito de que la actividad a desarrollar en la nave (...) guarde relación directa con la naturaleza, extensión y destino de la finca en que [se] radicaría». Se añade, en este sentido, que el suelo es no urbanizable común, así como que el criterio denegatorio «se basa en que la madera y piedra a almacenar no procederían de la propia finca, sino de otras próximas». Por su parte, la tesis que esgrimió el recurrente es que «poco importa cuál sea la procedencia de estos productos».

Frente a propuestas tan antagónicas, el Supremo señala que la legislación no habla «de actividades que guarden relación directa ??con?? la explotación del recurso natural, sino con la naturaleza». Al tiempo, matiza que en la finca donde se pretende levantar la nave «no existe ninguna explotación forestal o de extracción de piedra». En definitiva, tiene que existir una vinculación directa «de los productos almacenados con la finca en la que se pretende la construcción».

Los argumentos

En este punto, el alto tribunal incide en que aceptar los argumentos del recurrente «de que basta con que el material almenado guarde relación con la explotación de los recursos naturales, sin tener en cuenta la procedencia de los productos, cualquier almacén de productos agrícolas, haciendo abstracción de su origen, podría efectuarse en suelo rústico».

A este respecto, los magistrados reconocen que «podrá estarse o no de acuerdo con tales razones, lo cual es cosa distinta, pero de lo que no cabe duda es de que la sentencia -del TSXG que ya avaló la decisión de la Xunta- expresa las razones de la decisión que contiene».

Asimismo, otro de los argumentos que el Supremo echa por tierra es el relativo a que Pontevedra carece carece de suelo industrial donde emplazar la nave, lo que justificará su emplazamiento en suelo no urbanizable.


* La Voz galicia - 6.09.11
Foto: Bora (Pontevedra), iglesia - wiki

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