Nuevas propuestas sobre vivienda de los "indignados"

IDEALISTA* : Los “indignados” del movimiento 15-m continúan lanzando propuestas en materia de vivienda. si hace unos días la asamblea popular del barrio madrileño de lavapiés lanzaba sus demandas, el turno le llega ahora a los integrantes de las palmas de gran canaria. gravar con un contundente impuesto los pisos vacíos y crear un fondo de compensación para resarcir a los afectados por abusos inmobiliarios son algunas de sus propuestas.
Según la web de los indignados de las palmas, la comisión ideológica plantea una serie de medidas para garantizar el acceso a una vivienda. parte de la necesidad de que ésta deje de depender del mercado, para lo que plantea lo siguiente:
Dar uso a las viviendas vacías existentes
el objetivo es dar un uso social (que se habiten) a los más de tres millones de viviendas vacías existentes (sin incluir los cuatro millones de segundas viviendas).

Pasos para lograrlo:

1. identificar las zonas con “necesidad urgente de vivienda” (nuv) en función de la demanda de viviendas en cada municipio y territorio

2. establecer un censo actualizado y supervisado de viviendas vacías para los municipios con necesidad urgente de vivienda. para ello se debe definir y acotar previamente el concepto de “vivienda vacía”, en base a inspecciones, a los datos de empadronamiento y los consumos básicos del hogar (luz, agua), entre otros criterios posibles

3. en las zonas nuv, una vez identificada una vivienda vacía, se dará un plazo (3 meses por ejemplo) a los propietarios para que demuestren que están habitadas. transcurrido el plazo, si el propietario no puede acreditar la ocupación de la vivienda tendrá dos opciones:

- inscribir la vivienda vacía en una bolsa de alquiler social, a través de la cual se gestionaría todo lo relacionado con el uso y alquiler de esa vivienda. el precio del alquiler se fijaría en función de los costes de conservación y mantenimiento del edificio y la vivienda, de forma que se mantenga en perfecto estado de habitabilidad para el momento que el propietario pueda reclamar un uso legítimo de la vivienda

- si opta por mantener la vivienda vacía allí donde hace falta, se la considerará un bien de lujo y será gravada, por tanto, con un contundente impuesto cuya cuantía desincentive el mantenerla desocupada

política pública de vivienda

allí donde el parque de vivienda existente no sea suficiente para cubrir las necesidades de alojamiento de la población, la iniciativa pública generará suelo barato para promover vivienda social en alquiler. el objetivo es que en el periodo más breve posible, toda la población que lo desee pueda acceder a una vivienda de alquiler social fuera de los mecanismos de mercado

1. abaratar el suelo para uso social
declarar todo el suelo inicialmente protegido y no urbanizable. la generación de nuevo suelo urbano y urbanizable deberá responder al interés social general y ser gestionado con criterios democráticos mediante la participación activa de la ciudadanía. desligar el valor del suelo del precio de mercado, que incorpora expectativas inmobiliarias. cuando el suelo se expropie para generar vivienda social, se expropiará pagando un precio ligado a su aprovechamiento agropecuario o similar

2. construcción de viviendas públicas de alquiler
el objetivo es constituir un amplio parque público de viviendas de alquiler reducido (al coste de mantenimiento y reposición) gestionado mediante bolsas públicas de alquiler. estas viviendas se edificarían a través de una constructora pública, lo que garantiza unas condiciones laborales dignas y no precarias a los trabajadores que las construyan y además, abarata su construcción al eliminar el margen de beneficios con el que operan las empresas privadas del sector

para lograrlo, todo el gasto público en vivienda debe destinarse a promover la vivienda social de alquiler. para ello debe reorientarse la política actual, centrada en subsidiar la compra de vivienda, eliminando progresivamente la deducción del irpf por compra, incorporada al precio de la vivienda y por tanto, convertida en una transferencia de renta al vendedor

las diferentes administraciones públicas deberán garantizar este parque público de alquiler en el plazo más breve posible. por ejemplo, los presupuestos generales del estado de 2007 prevén destinar 9.000 millones de euros a vivienda, principalmente a bonificaciones fiscales y deducciones por compra de vivienda. con ese dinero se podrían construir hasta 150.000 viviendas públicas en alquiler. si fueran necesarias más, se podría aumentar el gasto público en vivienda reasignándolo de otras partidas presupuestarias menos prioritarias o revertiendo las regresivas reformas fiscales de los últimos años para disponer de recursos adicionales

urbanismo al servicio de los ciudadanos, no al del mercado

articular el territorio con criterios de sostenibilidad, al servicio de los ciudadanos y de sus necesidades y no las de los propietarios del suelo, promotores y constructores. para lograrlo es imprescindible la participación democrática real de la ciudadanía en el desarrollo urbanístico del territorio y someter a referendum la aprobación de los planes urbanísticos. un urbanismo al servicio de los ciudadanos debe pasar por consolidar y mejorar la ciudad ya existente, con una edificación en altura razonable (ni adosados ni rascacielos), con bloques de viviendas en manzanas abiertas a la ciudad y a la calle y no como prisiones encerradas sobre si mismos, promoción de los espacios gratuitos de socialización ajenos a la lógica comercial (plazas, parques, centros sociales, espacios deportivos), apuesta por el transporte colectivo (intermodal) y la accesibilidad (peatonalización), mezcla de usos del suelo no excluyentes entre si, evitando la especialización extrema del espacio urbano, la creación de zonas marginales (“guettos”)…

la creación de un fondo de compensación para resarcir de manera cautelar a los afectados por retrasos, delitos o abusos inmobiliarios, en espera de que se depuren responsabilidades por vía judicial y, si llega el caso de insolvencia, quiebra o desaparición de la sociedad responsable; la asunción final de la deuda

la creación de una agencia de control del fraude inmobiliario que en base a una ley integral de la vivienda, prevea unas garantías mínimas en la oferta inmobiliaria, bien sea en obra nueva o en vivienda usada. esta agencia también debería disponer de un cuerpo de inspectores eficaz que acabe con los abusos y el fraude inmobiliario sobre la vivienda libre o en régimen de alquiler y, en el caso de viviendas protegidas, que realice un control estricto sobre los sobreprecios impuestos por el promotor y el uso que se hace de las mismas por parte de los adjudicatarios, de manera que se evite a toda costa que esas viviendas protegidas vuelvan a engrosar la oferta a precios de mercado

la prohibición expresa de la subasta como medio de adjudicación de suelo público y de cualquier otro método que fomente el crecimiento artificial de los precios. también, el establecimiento de sanciones, transcurrido un periodo máximo, para aquellos suelos de titularidad privada catalogados como urbanizables que se mantengan sin edificar dentro de los núcleos urbanos

la creación de un fondo de compensación para resarcir de manera cautelar a los afectados por retrasos, delitos o abusos inmobiliarios, en espera de que se depuren responsabilidades por vía judicial y, si llega el caso de insolvencia, quiebra o desaparición de la sociedad responsable; la asunción final de la deuda

el establecimiento por ley de un tiempo de retorno máximo de los préstamos hipotecarios de 15 años y la obligatoriedad de un seguro hipotecario que preste cobertura ante situaciones de paro o enfermedad grave

denunciar al estado español por no hacer cumplir el artículo 47 de la constitución española que dice así:

“todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. la comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos (art. 47 constitución española)”.


* Idealista - 11.08.11
Foto: Indignados 15M, marcha a Bruselas 26Julio - 20minutos

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